Estatutos de la PBAN
CAPÍTULO 1: DENOMINACIÓN, SEDE Y OBJETIVOS
* Constitución, denominación
Se crea por un período ilimitado una Asociación independiente bajo el nombre: PENYA BLAUGRANA AÏT NSAR.
En virtud de lo dispuesto en el Dahir (Ley) Nº 1-02-206 de 12 joumada I 1423 (23 de julio de 2002), y aplicando la ley Nº 75-00 modificada y completada con el Dahir Nº 1-58-376 de 3 joumada I de 1378 (15 de noviembre de 1958) sobre la organización del derecho a constituir asociaciones.
Se crea por un período ilimitado una Asociación independiente bajo el nombre: PENYA BLAUGRANA AÏT NSAR.
En virtud de lo dispuesto en el Dahir (Ley) Nº 1-02-206 de 12 joumada I 1423 (23 de julio de 2002), y aplicando la ley Nº 75-00 modificada y completada con el Dahir Nº 1-58-376 de 3 joumada I de 1378 (15 de noviembre de 1958) sobre la organización del derecho a constituir asociaciones.
* Sede
La
sede de la "PENYA BLAUGRANA AÏT NSAR" se encuentra en Lechería Pico
Barrio Nuevo Instituto - Aït Nsar (Beni Ansar). Puede ser transferido a otro
lugar por decisión de la Junta.
* Objetivos
La Asociación PENYA BLAUGRANA AÏT NSAR
tiene como fin lograr los siguientes objetivos:
• Promover la
educación física y puesta en práctica del deporte en la ciudad.
• Trabajar por el
desarrollo del deporte y generalizar la practica del futbol
• Reforzar los
principios educacionales a través de la práctica del deporte
• Fomentar la deportividad
y su desarrollo en los practicantes
• Organizar
entrenamientos y competiciones deportivas
• Fundar un
equipo local o equipos locales de futbol
• Participar en las competiciones oficiales
organizadas y amistosas
a nivel local,
regionales y en los campeonatos internacionales.
regionales y en los campeonatos internacionales.
• Apoyar los nuevos talentos y desarrollar sus capacidades deportivas
• Invertir la educación física y deportiva para consolidar los principios de
solidaridad, colaboración y hermanamiento social
• Preservar la salud pública y ambiental, y así como su protección
La asociación
tiene la capacidad de firmar convenios de colaboración, o unirse a otras
asociaciones, o afiliarse a redes locales, regionales i nacional, y consolidar
relaciones amistosas y de colaboración con entidades extranjeras y
organizaciones internacionales con objetivos comunes.
CAPÍTULO 2: ASOCIACIARSE Y REQUISITOS
La asociación esta abierta a todo el
mundo, pero cumpliendo las siguientes condiciones:
•
Cumplir los principios de la asociación, sus estatutos, sus objetivos generales
y la normativa interna.
•
Colaborar activamente en las actividades de la asociación
•
La aportación anual de la cuota del socio
La condición de socio se pierde con la
dimisión de este o por acuerdo de la Junta Directiva previo aviso al
interesado, en virtud del incumplimiento de les obligaciones que resulten de
las disposiciones estatutarias o acuerdos de la Junta Directiva.
Se convierten en socios honorables los
personajes que han realizado tareas significativas para la asociación, con la mayoría
de los votos de la asamblea general y previa propuesta de la Junta Directiva.
CAPÍTULO 3: LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN
* La
Asamblea General:
La Asamblea General constituye el órgano
de decisión más importante de la asociación, y se convoca una vez cada dos
años, la Junta Directiva es la que decide sobre la fecha y el lugar de su
celebración, y se puede convocar de forma extraordinaria a petición de la
mayoría de los miembros de la Junta Directiva o bien por la mayoría de los asociados.
Se considera realizada la Asamblea
General cuando asistan la mayoría de los asociados, y cuando no hay el quórum
necesario, después de una segunda convocatoria, en este caso la Asamblea
General es considera valida independientemente del número de asistentes, i
después de aplazarlo 15 dias.
* La Junta Directiva:
La Junta Directiva esta formada por 15
miembros, y se eligen cada dos años por la Asamblea General.
La Junta Directiva ejecuta los acuerdos
de la Asamblea General y aplica el programa de trabajo.
La Junta Directiva se reúne una vez al
mes y de forma extraordinaria a petición del presidente o de la mayoría de sus
miembros, y se distribuyen la responsabilidad de sus miembros de la siguiente
forma:
El presidente:
- Preside la asamblea de la Junta Directiva
- Procura la ejecución de los acuerdos de la Junta Directiva
- Representa la asociación ante las asociaciones, organizaciones y instituciones.
Vicepresidente Primero y Segundo:
- Ayudan al presidente i lo sustituyen cuando esta ausente
El Secretario General:
- Redacta las actas de las asambleas, las notificaciones y las memorias, y las firma junto con el presidente.
El Vicesecretario General:
- Ayuda al secretario i lo sustituye cuando esta ausente
El Tesorero:
- Elabora el presupuesto de la asociación y guarda los documentos económicos, es el responsable de abrir una cuenta bancaria a nombre de la asociación, y solo puede gestionar el dinero en el contexto del presupuesto con su firma y la del presidente.
El Vicetesorero:
- Ayuda al tesorero i lo sustituye cuando esta ausente
Los vocales:
- Ayudan los miembros de la Junta Directiva, y se encargan de las responsabilidades asignadas dentro del programa de la asociación.
Las comisiones permanentes:
- La asociación adopta en su estilo de trabajo comisiones en las diferentes tareas acordadas, estas comisiones trabajan de forma permanente según el programa específico acordado por parte de la Junta Directiva
- Los miembros de la Junta Directiva presiden les diferentes comisiones, las comisiones permanentes varían según los objetivos marcados.
- Cada comisión tiene el poder de gestionar sus asuntos de organización, por tal de conseguir y realizar sus tareas, y respetando la normativa interna de la asociación.
- La Junta Directiva puede crear comisiones temporales, que se extinguirían con la extinción de las tareas asignadas.
CAPÍTULO 4: FINANCIACIÓN DE LA ASOCIACIÓN
Recursos de la asociación:
- La cuotas anuales de los socios
- Las donaciones y las aportaciones ajenas
- Los diferentes recursos económicos previstos en la ley
CAPÍTULO 5: DISPOSICIONES GENERALES
-
Cualquier
cambio que afecte los estatutos de la asociación se comunica y se notifica a
las autoridades correspondientes responsables en virtud de la ley aplicable
-
La Junta
Directiva establecerá y aprobará una normativa interna, de obligado
cumplimiento por todos los socios de la asociación
-
No se disolverá
la asociación excepto por decisión de la Asamblea General, en este caso la
Asamblea asignará un delegado o más de uno, que liquidará las cuentas de la
asociación y traspasará el que resulte de sus bienes a otra asociación que
pretende conseguir los mismos objetivos, o una organización benéfica. Final/
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